Homologación del título de Medicina en España
Requisitos, documentos, tasa, plazos reales y cómo se solicita. El trámite explicado paso a paso, con los datos contrastados en el Ministerio y sin intermediarios de por medio.
- Quién resuelveMinisterio de Ciencia, Innovación y Universidades
- Tasa166,50 €
- Plazo legal6 meses
- Plazo real habitual9 a 24 meses
- Idioma exigidoB2 de castellano (con excepciones)
Si te has formado como médico fuera de España, la homologación es el primer paso y también el más lento. Sin ella no puedes inscribirte al MIR ni ejercer, y como su resolución tarda meses, es lo que acaba decidiendo a qué convocatoria llegas.
Esta página recoge el procedimiento tal y como lo describe la Administración, incluidos tres puntos que se explican mal en casi todas partes: el nivel de idioma que se exige realmente, el atajo de las medidas generales de ANECA y la prórroga automática para subsanar documentación.
Mirmedic no tramita homologaciones ni ofrece asesoría legal. Somos un proyecto de recursos de estudio para el MIR. Esta guía es informativa y enlaza a las fuentes oficiales para que verifiques cada dato por tu cuenta. El procedimiento puede cambiar: consulta siempre la sede electrónica antes de presentar nada.
El concepto
Qué es la homologación y qué te permite
Medicina es una profesión regulada en España: para ejercerla hace falta una cualificación reconocida por ley. La homologación es el procedimiento por el que el Estado declara que tu título extranjero equivale al título español que habilita para ejercer.
Conviene ser preciso con lo que abre y lo que no, porque de ahí salen la mayoría de los malentendidos:
Lo que te permite
- Ejercer como médico de formación básica en el sector privado
- Inscribirte en la convocatoria del MIR
- Colegiarte en el Colegio Oficial de Médicos
- Es permanente: no caduca ni hay que renovarla
Lo que no te permite
- Trabajar en la sanidad pública sin hacer antes el MIR
- Ejercer una especialidad que ya tengas en tu país
- Residir o trabajar en España por sí sola
- Presentarte al MIR si aún está en trámite
Homologación, equivalencia y reconocimiento no son lo mismo
Son tres procedimientos distintos y elegir el equivocado cuesta meses y la tasa entera. La homologación es la que te habilita para ejercer una profesión regulada como la medicina. La declaración de equivalencia reconoce tu título a un nivel académico —grado o máster— pero no te habilita para ejercer como médico; sirve si vas a dedicarte a otra cosa. Y el reconocimiento de cualificaciones profesionales es la vía específica de los títulos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza, que no pasan por homologación.
Antes de empezar nada
¿Cuál es tu vía?
Presentar la solicitud equivocada es el error más caro del proceso: pierdes la tasa y, sobre todo, los meses de tramitación. Comprueba cuál te corresponde antes de tocar la sede electrónica.
Orientativo. Si tu caso combina varias situaciones, consúltalo en los canales de ayuda del Ministerio antes de presentar la solicitud.
Lo que se evalúa
Requisitos que debe cumplir tu titulación
No se homologa a cualquier título de medicina: se comprueba que tu formación equivale a la española. La evaluación se apoya en los criterios que elabora la ANECA y en las competencias y módulos de la Orden ECI/332/2008, que es la norma que define qué debe contener una carrera de Medicina en España.
Requisitos de la formación
- Cinco años de estudios como mínimo
- Al menos 1.350 horas de prácticas
- Las competencias y módulos de la Orden ECI/332/2008
- Cumplir los requisitos para ejercer en el país que expidió el título
Lo que suele dar problemas
- Planes de estudio de menos de cinco años
- Carga práctica por debajo del mínimo
- Créditos convalidados de otra institución sin certificar
- Certificaciones académicas sin carga horaria detallada
El idioma: es B2, no C1
Aquí hay un error muy extendido. Para homologar el título se exige acreditar competencia lingüística en español de nivel B2, no C1. El C1 aparece en otro sitio distinto: es el nivel que exige la convocatoria del MIR. Son dos requisitos separados, de dos ministerios distintos y en dos momentos distintos del camino.
Además, el requisito de idioma no aplica en tres casos: si eres nacional de un Estado donde el castellano es lengua oficial, si cursaste en español al menos el 75 % de la carga horaria de la titulación, o si cursaste en español la formación previa al acceso a esos estudios. Para la inmensa mayoría de médicos latinoamericanos, esto significa que no tienen que acreditar nada.
El expediente
Documentos que hay que aportar
Marca cada uno conforme lo tengas listo. Se guarda en este navegador, así que puedes volver dentro de unas semanas y seguir donde lo dejaste.
- Documento de identidad y nacionalidadPasaporte o documento equivalente en vigor.
- Título de Medicina o certificación de su expediciónCon traducción oficial al castellano y legalizado o apostillado. Los títulos de la UE, el EEE y Suiza están exentos de apostilla.
- Certificación académica completaDebe constar la duración oficial del plan en años académicos, las asignaturas superadas y la carga horaria de cada una en horas o créditos ECTS. También traducida y apostillada.
- Certificado de la institución de origen de los créditos convalidadosSolo si te convalidaron más del 15 % de los créditos totales de la carrera. Es un requisito que sorprende a mucha gente a mitad de expediente.
- Justificante del pago de la tasaNo hace falta adjuntarlo si pagas de forma telemática.
- Acreditación del nivel B2 de castellanoSolo si no te aplica ninguna de las tres excepciones.
- Documentación de que puedes ejercer en el país que expidió el títuloCuando proceda. Para la UE, el EEE y Suiza, el certificado de conformidad con la Directiva 2005/36/CE.
Puedes aportar además otra formación universitaria oficial y tu experiencia profesional, siempre que complementen académicamente al título que quieres homologar y estén debidamente legalizadas. Si tu plan de estudios va justo en algún requisito, este apartado es la vía para compensarlo. No es relleno: es material de evaluación.
El trámite
Cómo se solicita, paso a paso
Todo el procedimiento es electrónico y se hace desde tu país, sin necesidad de viajar a España.
- Comprueba si tu titulación tiene medidas generales de ANECA. Antes que nada. Te lo explicamos en el apartado de plazos, y puede ahorrarte meses.
- Reúne y prepara la documentación. Apostilla y traducción jurada son lo que más tarda del lado que sí controlas: empieza por ahí.
- Paga la tasa de 166,50 €. Con tarjeta o cargo en cuenta, mediante el modelo 790-107 en entidad colaboradora, o por transferencia si pagas desde el extranjero. Los datos del modelo deben ser los del solicitante, pague quien pague.
- Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Secretaría General de Universidades. Es la única vía admitida.
- Guarda el número de expediente. Es lo que te permitirá consultar el estado de la tramitación en cualquier momento.
- Atiende los requerimientos en plazo. Si te piden subsanar algo, responde cuanto antes: es el momento en que más expedientes se atascan.
La solicitud se presenta en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, en el procedimiento de homologación de títulos extranjeros. La información de referencia para la profesión médica está en la sección Valida-TE del portal del Ministerio, y la tasa en su apartado correspondiente. Al ser rutas que cambian con las reorganizaciones ministeriales, búscalas siempre desde ciencia.gob.es en lugar de fiarte de enlaces copiados en foros.
El presupuesto
Cuánto cuesta homologar el título
La tasa es lo único fijo: 166,50 €. El resto depende de tu país, de cuántos documentos tengas que traducir y de lo que cobren los traductores jurados allí. Haz tu cuenta:
Normalmente el título y la certificación académica.
Varía mucho según el país y la extensión del documento.
Total aproximado de todos los sellos en tu país.
La tasa no se devuelve si la resolución es desfavorable, así que revisa los requisitos de tu plan de estudios antes de pagarla. Este cálculo no incluye gestorías ni envíos.
Lo que más desespera
Cuánto tarda de verdad
La normativa fija un plazo máximo de seis meses. La realidad que reportan los solicitantes se mueve habitualmente entre nueve meses y dos años, y hay expedientes que se han ido más allá. Planifica con la horquilla real, no con la legal.
Las medidas generales de ANECA: el atajo que casi nadie conoce
Este es el dato más útil de toda la página. ANECA publica medidas generales aplicables a titulaciones y universidades concretas. Si tu carrera y tu universidad tienen una medida publicada, tu expediente se tramita más rápido, porque ya no hace falta evaluar caso por caso si tu formación cumple los requisitos.
Merece la pena consultarlo antes de presentar nada, en el apartado de medidas del portal del Ministerio. Y si tu titulación no aparece, no es mala señal: significa únicamente que ANECA tendrá que evaluar si cumple los requisitos, como en cualquier expediente ordinario.
Si te requieren subsanar: tienes prórroga automática
Cuando el Ministerio te pide documentación adicional, hay un plazo para aportarla. Lo que poca gente sabe es que puedes pedir una ampliación de 35 días hábiles adicionales presentando un escrito firmado en tu expediente, en el apartado de aportar documentación. Y no hace falta que te respondan: el plazo adicional se entiende concedido.
Es una red de seguridad valiosísima cuando el documento que te piden depende de una universidad extranjera que tarda semanas en contestar. Pero ojo: hay que solicitarla dentro del plazo original, no después de que venza.
Consultar el estado del expediente
Una vez presentada la solicitud, puedes seguir la tramitación desde la sede electrónica, en la sección de expedientes. Es también el sitio donde aportar documentación y donde te llegarán los requerimientos, así que revísala periódicamente: perder un requerimiento por no consultar la sede es una de las formas más absurdas de retrasar un expediente medio año.
Entre presentar la solicitud y recibir la resolución pasan meses en los que no hay ningún trámite que adelantar. Son, con diferencia, el mejor momento para construir base de temario. Los Resúmenes MIR Activos se usan íntegramente en línea, desde cualquier país, con recuerdo activo integrado en cada tema para que lo que estudies durante la espera siga estando ahí el día del examen.
Ver los Resúmenes MIR ActivosEl siguiente paso
Ya tengo la resolución favorable, ¿y ahora?
- La homologación no caduca. Sirve para cualquier convocatoria futura del MIR, así que no hay prisa por presentarte al examen siguiente si no estás preparado.
- Ya puedes inscribirte al MIR. El plazo se abre en septiembre y dura unos diez días hábiles. Ese trámite es del Ministerio de Sanidad.
- Ojo con el idioma del MIR: la convocatoria exige C1 a quienes no proceden de países hispanohablantes, un nivel superior al B2 de la homologación.
- Para ejercer, colégiate. La inscripción en el Colegio Oficial de Médicos de la provincia es obligatoria para el ejercicio profesional.
- Si ya eres especialista, el reconocimiento de tu especialidad es un trámite aparte ante el Ministerio de Sanidad.
- Empieza a estudiar antes de tener la resolución. Es el consejo que más repiten quienes ya han pasado por esto.
Dudas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre la homologación
La tasa oficial es de 166,50 euros y se abona al iniciar el expediente. A eso hay que sumar los costes de traducción jurada, apostilla y legalización, que dependen del país de origen y del número de documentos.
Nivel B2, y solo si no eres nacional de un Estado donde el castellano sea lengua oficial. También quedan exentos quienes cursaron en español al menos el 75 % de la carga horaria de la titulación o la formación previa de acceso a esos estudios. El nivel C1 corresponde a otro requisito distinto: el de la convocatoria del MIR.
El plazo legal es de seis meses, pero en la práctica las resoluciones suelen llegar entre nueve meses y dos años después de presentar la solicitud. Si tu titulación y universidad cuentan con medidas generales publicadas por ANECA, la tramitación es más rápida.
Sí. El procedimiento se tramita exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de forma íntegramente telemática, y la tasa puede pagarse por transferencia desde el extranjero.
Se evalúa conforme a los criterios de ANECA y a las competencias y módulos de la Orden ECI/332/2008. Entre otros requisitos, se exigen cinco años de estudios y un mínimo de 1.350 horas de prácticas.
No. La homologación del título de Medicina habilita para ejercer como médico de formación básica en el sector privado. Para trabajar en la sanidad pública o ejercer una especialidad hay que hacer el MIR o solicitar el reconocimiento de la especialidad ante el Ministerio de Sanidad, que es un trámite independiente.
Debes aportarla en el plazo indicado a través de tu expediente en la sede electrónica. Puedes solicitar una ampliación de 35 días hábiles adicionales presentando un escrito firmado, sin necesidad de esperar respuesta, siempre que lo pidas dentro del plazo original.
La tasa se abona por la iniciación del expediente, no por su resultado, de modo que no se recupera si la resolución es desfavorable. Por eso conviene revisar bien si tu plan de estudios cumple los requisitos antes de presentar la solicitud.
En resumen
Homologar el título de Medicina es un trámite largo pero previsible: una tasa de 166,50 €, un expediente electrónico con documentación traducida y apostillada, y una espera que conviene calcular en meses y no en semanas. Tres cosas te ahorrarán tiempo: comprobar las medidas generales de ANECA antes de presentar, preparar la certificación académica con toda la carga horaria detallada, y no dejar vencer los plazos de subsanación teniendo a mano la prórroga.
Y una última: presenta la solicitud cuanto antes, aunque todavía no tengas claro a qué convocatoria te vas a presentar. Es el único paso del proceso cuyo ritmo no depende de ti.
Sigue por aquí
Información elaborada a partir de la documentación pública del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades sobre homologación de títulos extranjeros para la profesión de médico, de los criterios de evaluación de ANECA, de la Orden ECI/332/2008 y del Real Decreto 889/2022. Los procedimientos y los importes pueden cambiar: verifica siempre los datos en la sede electrónica del Ministerio antes de presentar tu solicitud. Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento legal.